Hoy martes 15 de diciembre entró en vigencia el nuevo Reglamento de Tránsito del Distrito Federal. Hace algunos meses, aquí en Motorpasión México hablamos de ello y expusimos de forma detallada las principales disposiciones y multas.
Como no hay plazo que no se cumpla, hoy en entró en vigencia el Nuevo Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, el cual tiene como base la Ley de Movilidad del D.F., en la que el peatón es el actor principal en las vialidades, seguido por los ciclistas y dejando en tercer plano a quienes se desplazan en transportes motorizados.
Diez cosas que debes recordar del nuevo Reglamento de Tránsito del DF:
1.- Si los motociclistas no usan casco o éste se encuentra mal abrochado, será motivo de multa: cinco unidades de cuenta, esto es, 349.55 pesos y un punto para la licencia. Además de que las motocicletas serán llevadas al corralón.
2.- Los motociclistas deberán utilizar un carril completo para circular, de lo contrario serán multados. La sanción es de cinco a 10 unidades de cuenta, es decir 349.55 a 699.1 pesos, además de marcar un punto en la licencia. No amerita corralón.
3.- ¿Recuerdas aquellos tiempos cuando mandabas mensaje de WhatsApp o hablabas por teléfono celular mientras manejabas? Bueno, a partir de hoy, si los agentes de tránsito te descubren te harás merecedor a una multa que puede ascender hasta 2,446 pesos.
4.- Olvídate del auto sardina.Transportar mayor número de personas al señalado en la tarjeta de circulación, será motivo de una multa de hasta 699 pesos.
5.- Circular sin licencia o permiso de conducir será motivo de una multa que puede ascender hasta 1,398 pesos y remisión del auto al corralón.
6.- No respetar el programa Hoy no Circula será sancionado con 2,097 pesos y remisión del auto al corralón.
7.- Utilizar claxon para un fin diferente al de evitar un hecho de tránsito, así como provocar ruido excesivo con el motor, tendrá una multa de 699 pesos.
8.- Al transitar por zonas escolares se debe disminuir la velocidad y extremar precauciones, y ceder el paso a los escolares. Si no lo haces, puedes hacerte merecedor a una multa hasta por 1,398 pesos.
9.- Exceder los los límites de velocidad en vías de acceso controlado, de 80 km/h; en vías primarias, 50 km/h; y en vías secundarias, de 40 km/h, te hará merecedor a una multa que puede llegar a 1,398 pesos.
10.- ¡Adiós a los Rápidos y Furiosos! Participar u organizar arrancones será motivo de una multa hasta Por 2,097 pesos, arresto administrativo de hasta 36 horas y las unidades serán remitidas al corralón.
11.- Recuerda que ya no hay vueltas continuas a la derecha e izquierda, excepto cuando exista un señalamiento que lo permita, en cuyo caso deberá cederse el paso a los peatones que estén cruzando y a los vehículos que transiten por la vía a la que se pretende incorporar, no hacer caso a esta disposición será motivo de una multa hasta por 1,398 pesos.
12.- Automovilistas que invadan la zona destinada a peatones (cebra peatonal) o el área de espera para bicicletas o motocicletas, recibirán una multa hasta por 2,097 pesos.
13.- Subir o bajar personas en carriles centrales de las vías de acceso controlado tendrá una pena de 2,097 pesos.
14.- Estacionarse en lugares o cajones destinados a vehículos de personas con capacidades distintas, será motivo de una multa hasta por 2,097 pesos.
15.- A partir de hoy será obligatorio el uso del cinturón de seguridad, ya sea vayan a bordo de vehículos particulares o taxis. En particular para los menores de 12 años de edad o personas con discapacidad. La sanción es de cinco unidades de cuenta, es decir 349.55 pesos.
16.- No hay restricción para fumar mientras se conduce o está en un semáforo.
17.- El conductor no debe llevar mascotas en las piernas mientras maneja; al animal debe viajar en la parte posterior del auto. La sanción es de 10 a 20 unidades de cuenta, es decir 699.1 a mil 398.2 pesos, no implica corralón y marca tres puntos a la licencia.
Los peatones y los ciclistas también deberán respetar ciertas reglas
Respecto a los transeúntes, estos deben ceder el paso a vehículos de emergencia cuando estos circulen con las señales luminosas y audibles en funcionamiento.
Por su parte, los ciclistas tienen prohibido circular sobre las aceras, con excepción de los menores de 12 años y los elementos de seguridad pública.
Pueden circular entre carriles cuando el tránsito se encuentre detenido y el ciclista busque colocarse en un área de espera o en un lugar visible para reiniciar la marcha.
Los peatones y ciclistas que no cumplan con las obligaciones serán amonestados verbalmente por los elementos de Tránsito.
En Motorpasión México | Adiós a las vueltas continuas y a tocar el claxon indiscriminadamente. Te conviene conocer el nuevo Reglamento de Tránsito del Distrito Federal